Verificación del cumplimiento de requisitos para la solicitud de asignación del subsidio Mi Casa Ya

Estimado Afiliado


La política de vivienda es un pilar central en nuestra agenda de gestión gremial y un objetivo misional de nuestra organización empresarial; y por tanto todas las acciones que contribuyan con su correcto funcionamiento, operación y alcance, requieren de todo el compromiso y el apoyo del sector. 

En ese sentido, y teniendo en cuenta el positivo resultado de la ejecución del programa Mi Casa Ya a lo largo de los últimos años, en particular en 2022, queremos reiterar la importancia del cumplimiento por parte de nuestro tejido empresarial del procedimiento de marcaciones para la habilitación y la asignación de los subsidios del programa, siempre preservando los principios de operación y la naturaleza de atender las necesidades de cupos en función del proceso de escrituración de las viviendas. 

Para esto, queremos reenviar la Circular No. 0004 del 27 de julio de 2022 expedida por Fonvivienda en la que se reiteran los criterios, las definiciones y el proceso para la asignación de subsidios del programa Mi Casa Ya, y en la que se resalta que se debe contar con la aprobación del crédito hipotecario o leasing habitacional previo a la solicitud de asignación a Fonvivienda (segunda marcación).

Asimismo, se recuerda que, las entidades deben solicitar la asignación antes del inicio del proceso de escrituración o la suscripción del contrato de leasing. Adicionalmente, con el fin de corroborar el cumplimiento de dicho requisito, Fonvivienda realizará verificaciones periódicas en las que solicitará la carta de aprobación del crédito hipotecario o leasing habitacional y el registro del reglamento de propiedad horizontal del proyecto de vivienda.

¡Sigamos haciendo de Mi Casa Ya el mayor activo social de nuestro país!

Consulte aquí la Circular No. 0004 del 27 de julio de 2022 expedida por Fonvivienda.