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%u00bfExtiende la Corte la figura de %u00e1rea forestal protectora definida para predios rurales a los predios urbanos? La respuesta exige aclarar que lo que hace la Corte es recoger la l%u00ednea jurisprudencial del Consejo de Estado, seg%u00fan la cual las %u00e1reas forestales protectoras no se limitan al %u00e1mbito rural, sino que tambi%u00e9n pueden aplicarse en contextos urbanos, particularmente cuando no exista delimitaci%u00f3n de ronda h%u00eddrica. Sin embargo, a juicio de la Corte el proceso de delimitaci%u00f3n t%u00e9cnico de la ronda h%u00eddrica que adelanta la autoridad ambiental ya integra los criterios ecosist%u00e9micos del %u00e1rea forestal protectora, a partir de lo que la Ley 1450 de 2011 define como %u00e1rea de protecci%u00f3n y conservaci%u00f3n aferente. UNA DE LAS PREGUNTAS M%u00c1S DISCUTIDAS EN EL SECTOREs recurrente una pregunta: %u00bfla Corte defini%u00f3 realmente un m%u00ednimo obligatorio de 30 metros para la ronda h%u00eddrica? La respuesta tiene matices. Desde el punto de vista normativo, la delimitaci%u00f3n de la ronda h%u00eddrica no se agota en un metraje fijo, ya que depende de criterios t%u00e9cnicos definidos por la autoridad ambiental. Sin embargo, la Corte establece que, en ausencia de la delimitaci%u00f3n, el par%u00e1metro de 30 metros %u2013propio del %u00e1rea forestal protectora%u2013 se convierte en un est%u00e1ndar m%u00ednimo obligatorio que los municipios no pueden reducir.Esto tiene implicaciones pr%u00e1cticas claras. Por un lado, descarta la posibilidad de que los municipios adopten franjas inferiores sin sustento t%u00e9cnico, como ocurri%u00f3 en el caso analizado por la Corte. Por otro lado, deja abierta la posibilidad de definir %u00e1reas superiores, siempre que exista una justificaci%u00f3n t%u00e9cnica adecuada y que dicha decisi%u00f3n haga parte del proceso de concertaci%u00f3n ambiental.En conjunto, lo que plantea la Sentencia T-529 de 2025 no es un cambio normativo, sino un ajuste en la forma de interpretar y aplicar las reglas existentes en escenarios de incertidumbre. M%u00e1s que una barrera, este nuevo contexto debe leerse como un llamado a un proceso de planificaci%u00f3n y ordenamiento territorial m%u00e1s robusto. LA SENTENCIA T-529 DE 2025 DE LA CORTE CONSTITUCIONAL HA GENERADO INQUIETUDES EN EL SECTOR CONSTRUCTOR, PARTICULARMENTE EN LO RELACIONADO CON LA DELIMITACI%u00d3N DE LAS RONDAS H%u00cdDRICAS Y SU IMPACTO EN LA PLANIFICACI%u00d3N, EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y LA EJECUCI%u00d3N DE PROYECTOS.Edici%u00f3n 109 73

