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Gu%u00eda de Buenas Pr%u00e1cticas para la venta de vivienda nueva48Elementos para que se configure la Teor%u00eda de la Imprevisi%u00f3n.Los elementos de la teor%u00eda de la imprevisi%u00f3n son los siguientes:%u2022 La existencia de un contrato el cual sea bilateral, conmutativo y de ejecuci%u00f3n sucesiva, peri%u00f3dica o diferida y, por ende, excluye los contratos de ejecuci%u00f3n instant%u00e1nea; %u2022 La presencia de circunstancias extraordinarias, imprevistas o imprevisibles posteriores a la celebraci%u00f3n del contrato en el caso concreto; %u2022 Que las circunstancias extraordinarias, imprevistas e imprevisibles alteren o agraven la prestaci%u00f3n a cargo de una de las partes, en grado tal que le resulte excesivamente onerosa la prestaci%u00f3n debida.%u2022 Que el acontecimiento resulte ser ajeno a las partes59. Efectos.Las partes, ante la existencia de una afectaci%u00f3n grave que genere un desequilibrio contractual podr%u00e1n modificar el precio, o solicitarlo a un juez cuando se presenten circunstancias extraordinarias, imprevistas e imprevisibles posteriores a la suscripci%u00f3n del contrato, de acuerdo con lo fijado el art%u00edculo 868 del C%u00f3digo de Comercio60.59 Consejo de Estado Secci%u00f3n Tercera Fallo 15476 de 2011. 60 C%u00f3digo de Comercio Art%u00edculo 868: ART%u00cdCULO 868. . %u201cCuando circunstancias extraordinarias, imprevistas o imprevisibles, posteriores a la celebraci%u00f3n de un contrato de ejecuci%u00f3n sucesiva, peri%u00f3dica o diferida, alteren o agraven la prestaci%u00f3n de futuro cumplimiento a cargo de una de las partes, en grado tal que le resulte excesivamente onerosa, podr%u00e1 %u00e9sta pedir su revisi%u00f3n. El juez proceder%u00e1 a examinar las circunstancias que hayan alterado las bases del contrato y ordenar%u00e1, si ello es posible, los reajustes que la equidad indique; en caso contrario, el juez decretar%u00e1 la terminaci%u00f3n del contrato. Esta regla no se aplicar%u00e1 a los contratos aleatorios ni a los de ejecuci%u00f3n instant%u00e1nea.%u201dTest para determinar si se est%u00e1 ante una excesiva onerosidad sobreviniente (Teor%u00eda de la Imprevisi%u00f3n).%u2022 Existencia y validez del contrato. No aplica en contratos inexistentes o nulos.%u2022 Debe sobrevenir circunstancias extraordinarias, imprevistas, imprevisibles y ajenas al contratante externas a las partes.%u2022 Que %u201clos eventos alteradores de la simetr%u00eda prestacional%u201d acontezcan despu%u00e9s de celebrado el contrato, durante su ejecuci%u00f3n y previamente a su extinci%u00f3n. %u2022 Que las prestaciones materia de revisi%u00f3n est%u00e9n pendientes de ejecuci%u00f3n. La ocurrencia del a imprevisi%u00f3n no faculta al contratante para incumplir. Puede acudirse a soluciones extrajudiciales -cumplir con reclamo y reserva- o judiciales -medidas cautelares innominadas-). %u2022 Que el desequilibrio prestacional cierto, grave, esencial, fundamental, may%u00fasculo, enorme o significativo, y nocualquiera. Entidad del desequilibrio, 6.3. %u00bfFUERZA MAYOR Y CASO FORTUITO O TEOR%u00cdA DE LA IMPREVISI%u00d3N?En conclusi%u00f3n, la fuerza mayor y la teor%u00eda de la impresi%u00f3n son dos figuras di-