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Gu%u00eda de Buenas Pr%u00e1cticas para la venta de vivienda nueva4350 C%u00f3digo de Comercio -Art%u00edculo 107. El asegurador, una vez indemnizado el da%u00f1o, tendr%u00e1 derecho a subrogarse en las acciones que pueda ejercer el asegurado contra el responsable del da%u00f1o, en la medida en que le haya indemnizado. 51 Num. 4 Art. 2%u00b0 Ley 1796 de 2016: %u201cUnidad estructuralmente independiente: Conjunto de elementos estructurales que ensamblados est%u00e1n en capacidad de soportar las cargas gravitacionales y fuerzas horizonta,les que se generan en una edificaci%u00f3n individual o arquitect%u00f3nicamente independiente, trasmiti%u00e9ndolas al suelo de fundaci%u00f3n.%u201d%uf0fc Contrato sometido a condiciones suspensivas: Es obligaci%u00f3n condicional la que depende de una condici%u00f3n, esto es, de un acontecimiento futuro, que puede suceder o no.%u2022 En efecto, seg%u00fan sus condiciones particulares defina junto con el Asegurador, la opci%u00f3n que mejor se adecue a las mismas. No pierda de vista, que en esta etapa, en caso de que no se cumplan las condiciones pactadas para el futuro otorgamiento del seguro, el Asegurador puede revocar el compromiso de expedici%u00f3n de la p%u00f3liza, si as%u00ed se pact%u00f3.%u2022 La suma asegurada se establece al inicio de la obra con fundamento en el presupuesto, sin embargo, se sugiere realizar una revisi%u00f3n en el momento de la expedici%u00f3n del Certificado T%u00e9cnico de Ocupaci%u00f3n, con base en los costos ejecutados vs los que se planearon inicialmente, por lo que, podr%u00e1 ajustarse. %u2022 La subrogaci%u00f3n50 es un derecho consagrado en el C%u00f3digo de Comercio en cabeza de la aseguradora, quien podr%u00e1 optar por ejercerlo no. Se sugiere abordar este aspecto en el marco de la negociaci%u00f3n que se realice con la Aseguradora.%u2022 Frente a los proyectos por etapas, en la pr%u00e1ctica, las Aseguradoras vienen aplicando el seguro por Unidades estructuralmente independientes51, por lo cual se recomienda revisar en cada caso.%u2022%u0009 Frente a viviendas financiadas con subsidios familiares de vivienda, la norma establece que el constructor/enajenador de vivienda nueva deber%u00e1 constituir el mecanismo de amparo por la porci%u00f3n del valor de la vivienda que no fue cubierta con el subsidio. En la pr%u00e1ctica, se viene asegurando la totalidad de la vivienda, por lo cual se sugiere precisar que es obligaci%u00f3n de la Aseguradora responder por la totalidad del proyecto.%u2022 En proyectos mixtos, al igual que el anterior, en la pr%u00e1ctica las Aseguradoras vienen exigiendo el aseguramiento de la totalidad del proyecto (no s%u00f3lo lo relativo al uso residencial) por lo cual se sugiere precisar que es obligaci%u00f3n de la Aseguradora responder por la totalidad del proyecto.%u2022 En la escritura p%u00fablica de transferencia de las viviendas se debe acreditar el cumplimiento de la obligaci%u00f3n y protocolizar la respectiva p%u00f3liza. Sin el cumplimiento de la obligaci%u00f3n no es posible escriturar ni registrar.%u2022 El seguro decenal coexiste con otros seguros: Todo Riesgo Construcci%u00f3n, Responsabilidad Civil de Profesionales, Multiriesgo del Hogar, etc, por lo que se sugiere adelantar negociaciones con las Aseguradoras para un manejo integral de los riesgos (Evitando los sobreseguros) y los costos.