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                                    Gu%u00eda de Buenas Pr%u00e1cticas para la venta de vivienda nueva23%u2022 Guardar copia de todas las piezas publicitarias del proyecto para efectos de que, en caso de una eventual reclamaci%u00f3n, pueda ser comprobada la informaci%u00f3n all%u00ed contenida. %u2022 Evitar la inclusi%u00f3n de afirmacionessubjetivas o expresiones exageradas en la publicidad que no puedan ser comprobables; por ejemplo, %u201cel mejor proyecto de Bogot%u00e1%u201d, %u201cviviendas en la mejor esquina de Bogot%u00e1%u201d, %u201cvista inmejorable%u201d, %u201centrega en X mes%u201d sin contar con respaldo jur%u00eddico y t%u00e9cnico que lo acredite.%u2022 Utilizar un lenguaje claro y objetivo, sin hacer uso de tecnicismos.%u2022 Revisar peri%u00f3dicamente la publicidad para asegurar que refleja la situaci%u00f3n actual del proyecto de vivienda. Si se presentan cambios en el proyecto, la publicidad debe ser objeto de actualizaci%u00f3n.%u2022 Incorporar renders, maquetas u otras ayudas visuales que permitan al consumidor inmobiliario comprender el dise%u00f1o, distribuci%u00f3n y caracter%u00edsticas del proyecto inmobiliario de vivienda. En todo caso, deber%u00e1 precisarse que son im%u00e1genes de referencia o representaciones art%u00edsticas y pueden estar sujetas a cambios.%u2022 Frente al %u00e1rea privada construida, atender la definici%u00f3n incorporada en la Ley 675/01: %u201cExtensi%u00f3n superficiaria cubierta de cada bien privado, excluyendo los bienes comunes localizados dentro de sus linderos, de conformidad con las normas legales.%u201d%u2022 En relaci%u00f3n con la vivienda de inter%u00e9s social y prioritaria, tenga en cuenta que puede fijar el precio y en efectocomercializarse, en SMLMV o en una suma fija. En aquellos casos en dondese defina que el precio es determinable en SMMLV, precisar que se trata de un valor m%u00ednimo aproximado, cuya estimaci%u00f3n definitiva depender%u00e1 defactores econ%u00f3micos externos como inflaci%u00f3n, variaciones en la productividad de la fuerza laboral y proyecciones en el crecimiento de la econom%u00eda. En cualquier caso deber%u00e1 expresarse en pesos colombianos. %u2022 En este punto vale la pena precisar que tanto la SIC como Tribunales Judiciales han manifestado que cuando se trata de la enajenaci%u00f3n de bienes inmuebles destinados a vivienda, debe aplicarse de manera prevalente, la regulaci%u00f3n especial en la materia y suplementariamente las disposiciones contenidas en el Estatuto del Consumidor. En efecto, si el enajenador cumple a cabalidad el deber de informaci%u00f3n, pactar el precio en t%u00e9rminos de SMLMV no se considera una cl%u00e1usula abusiva, ni desconoce las normas de protecci%u00f3n al consumidor34.34 Al respecto puede consultar: Concepto SIC Rad. 16-063732- -00003-0000 19 de abril de 2016, Concepto SIC Rad. 12-208261 26 de diciembre de 2012, Concepto SIC Rad. 17-84007-1 15 de mayo de 2017, Sentencia N%u00b0 13106 del 25 de octubre de 2024 (SIC), Sentencia N%u00b0 7287 del 28 de agosto de 2025 (SIC), Sentencia No. SC-030/24 del 16 de agosto de 2024 -Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogot%u00e1 D.C.
                                
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